Infracciones Disciplinarias. De carácter Ético-Deontológico
Colegio Profesional
Una vez recibido el formulario, el Sistema Defensor del Paciente Odontológico estudiará el caso, a través del Colegio Profesional de la zona donde el dentista realizó el tratamiento. Éste determinará si hubiera indicios de falta o infracción disciplinaria, es decir de carácter Ético-Deontológico. El plazo máximo que tiene el Colegio Profesional para pronunciarse es de 40 días. Si pasado el plazo, el Colegio Profesional no se hubiera manifestado, el Sistema Defensor interpretará que no hay indicios de falta o infracción disciplinaria y el caso pasará a disposición del Sistema Defensor del Paciente Odontológico.
En caso de que sí existieran indicios de falta o infracción disciplinaria, será el Colegio Profesional quien se hará cargo de la solicitud presentada ante el Sistema Defensor e iniciará un Procedimiento Sancionador para depurar las presuntas responsabilidades, al final del cual, emitirá una Resolución Firme.
Infracciones no Disciplinarias
Sistema Defensor del Paciente Odontológico
Si la solicitud no presentara indicios de falta o infracción de carácter Ético-Deontológico, el Sistema Defensor del Paciente Odontológico se ocupará de la mediación.
El Sistema Defensor actúa bajo los principios de:
- Neutralidad
- Libertad
- Desinterés
- Independencia
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